Sustitución de plantas de jardín causó problemas en la Vollmer

Sustitución de plantas de jardín causó problemas en la Vollmer

Una comunidad de la parroquia de San Bernardino, en el municipio Libertador de Caracas, se vio envuelta en una disputa que llegó hasta el comando del Servicio de Policía Comunal del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (CPNB). La problemática giraba en torno a la jardinería de un edificio localizado en la avenida Vollmer, lo que asombró a los oficiales, ya que jamás se había presentado un conflicto semejante.

Según el encargado de la sala de mediación, el primer comisario del CPNB, Angelo Echeverría, los residentes llegaron al lugar, ubicado en el estacionamiento del Supermercado Forum, a quejarse de que uno de los propietarios decidió retirar de la jardinería unas plantas que estaban secas y le restaban estética a la fachada del edificio residencial, procediendo a cambiarlas por otras ornamentales que transformaron el rostro del espacio.

Sin embargo, lo que desencadenó el inconveniente fue que el vecino actuó sin consultar previamente a la Junta de Condominio o convocar a una asamblea de copropietarios, como lo estipula la Ley de Propiedad Horizontal. Aunque su intención era embellecer el edificio, la acción fue considerada arbitraria por los demás residentes.

En ese sentido, acudieron al Servicio de Policía Comunal para buscar orientación y que, a través de la autoridad policial, se llegara a un diálogo que permitiera un acto conciliatorio en la sala de mediación y resolución de conflictos.

Mediación

Tras manifestar la denuncia en el comando local, los miembros de la Policía Comunal de San Bernardino citaron a las partes involucradas a una reunión. Echeverría refirió que al principio el ambiente se tornó tenso porque los vecinos estaban manifestando sus frustraciones. No obstante, gracias a la intervención de los funcionarios se logró alcanzar el diálogo desde el respeto.

Durante el encuentro, el denunciado expuso los motivos que lo conllevaron a tomar la decisión, argumentando que en una zona como la avenida Vollmer, ostentar de áreas verdes decoradas es primordial, sobre todo, considerando que el edificio que habitan tiene locales comerciales que probablemente por la falta de estética no atraigan a los clientes.

Cada parte tuvo la oportunidad de expresar sus preocupaciones y perspectivas sobre el tema. Los integrantes de la Junta de Condominio, sin embargo, insistieron que toda acción o cambio que se vaya a realizar en la edificación debe consultarse en asamblea.

Finalmente, después de una extensa discusión, se lograron acuerdos entre las partes; se establecieron medidas para regular futuras decisiones relacionadas con la jardinería y otros aspectos vinculados al edificio, se asumió la responsabilidad de embellecer las áreas verdes y varias problemáticas como filtraciones, pintura, entre otras.

Asimismo, se reafirmó la importancia de seguir los procedimientos establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal. Para ello los funcionarios dictaron una charla acerca de la mencionada legislación.

Acuerdos

Durante la reunión se firmó un acta de compromiso en la que se dejó constancia de la resolución adoptada por los involucrados. Recalcando que al plasmar su rúbrica dejaron constancia de la aprobación de cada punto contenido en el acuerdo conjunto.

El primer comisario Echeverría indicó que la resolución de esta disputa representó un paso significativo hacia la armonía y cooperación en la comunidad de San Bernardino. Los residentes demostraron su disposición de llegar a convenios y trabajar juntos para resolver conflictos de manera pacífica y constructiva.

Diariamente el equipo de policías de la sala de mediación realiza un recorrido por la parroquia para hacer seguimiento a los casos ya resueltos, y de esta forma evitar las reincidencias en confrontaciones y para abordar las nuevas dificultades que se presenten. En este aspecto, cuentan con apoyo de las comunas, consejos comunales, equipos políticos, entre otros.

Normativas

El Servicio de Policía Comunal de San Bernardino se apoyó en la referida Ley de Propiedad Horizontal.

En el Título Primero califican como cosas comunes las jardineras y, por lo tanto, todos los copropietarios pueden disfrutar de estas. Aunque, el artículo 8 refiere que cada uno podrá servirse de las cosas comunes según su destino ordinario y sin perjuicio del uso legítimo de los demás, salvo que de conformidad con la ley se haya atribuido su uso exclusivo. No podrá acordarse la división de las mismas, sino en los casos en que lo autorice la presente ley o la asamblea de los copropietarios por el voto de las dos terceras partes de sus miembros.

También respondieron al artículo 8 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana, el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, en el cual se destaca la solución pacífica de las controversias y la aplicación de medios alternativos.

La legislación en detalle

  • Normativa. La Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, en su artículo 11, numeral 1, define el ambiente como el conjunto de elementos existentes en un hábitat que condicionan y afectan la vida en sociedad. Además, en el numeral 9, expone que los espacios privados son aquellas áreas comunes que son administradas por un propietario o una sociedad de particulares.
  • Deberes Generales. En el numeral 2 del artículo 13, la ordenanza llama a reconocer y aplicar las normas contenidas en esta ordenanza aprobada durante el año pasado. Igualmente, en el numeral 6, invita a conservar en buen estado de uso y funcionamiento de los bienes e instalaciones públicas y privadas, así como el entorno ambiental.
  • Relaciones vecinales. En el numeral 6 del artículo 15, la normativa de la ciudad indica que se deben respetar los límites y usos de los espacios comunes, áreas verdes y zonas compartidas.
  • Dirección. La sala de mediación y resolución de conflictos de la parroquia San Bernardino se encuentra en la avenida Caracas, específicamente en el estacionamiento del Forum Supermercado mayorista.

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