Ruidos molestos y ofensas soeces encienden alarmas en San José

Ruidos molestos y ofensas soeces encienden alarmas en San José

Una tensa discusión se generó por las constantes fiestas con música a volumen excesivo hasta altas horas de la noche, así como una marcada falta de respeto mutuo, entre dos residentes de la concurrida comunidad de Palo Negro a Porvenir, en la parroquia San José de Caracas. Para evitar la escalada del conflicto que, según los testigos, se había prolongado durante meses, algunos residentes de esa comunidad sugirieron la intervención policial.

El hombre afectado por la conducta de su vecino hizo caso a las recomendaciones y decidió acudir personalmente a la sede del Servicio de Policía Comunal de la parroquia, ubicada en la avenida Panteón, con la intención de poner una denuncia formal contra su vecino. La oficial del Cpnb, Yarbeili González, explicó a Últimas Noticias que ella recibió al señor que llegó en calidad de solicitante. Contó que el incidente entre los implicados se generó en una zona caracterizada por su elevado tránsito, tanto peatonal como vehicular.

Aunque esta dinámica del entorno no está relacionada directamente con el origen del conflicto, pudo haber contribuido a una atmósfera de menor tolerancia al ruido, ya que, según el demandante, a la casa del ciudadano en cuestión llegaban muchos motorizados que, a veces, encendían las motos y las aceleraban a propósito. El ruido provocado por los vehículos lo angustiaba aún más. Adicionalmente, ponían música con un volumen que atravesaba las paredes de su vivienda y esta parecía que fuese a caerse por las vibraciones. No conformes con esos ruidos molestos, esas personas no conversaban entre sí, sino que se gritaban porque, al no escucharse por el volumen de la música, se veían obligadas a elevar el tono de voz.

Según su testimonio, esto ocurría casi todos los días y los fines de semana era peor.  Lo más preocupante del relato es que hubo una “escalada de falta de respeto”, aseguró González.

Debido a que el afectado estaba cansado de la situación, en repetidas ocasiones fue hasta la casa del acusado para reclamarle por los escándalos que armaba y este le respondía con gritos e insultos. El denunciante se defendía dirigiéndole varias ofensas. Aunque el inconveniente no pasó a violencia física, los demás residentes de la comunidad le sugirieron al vecino acudir a la Policía Comunal.

Antes de esta denuncia formal, ninguno de los dos vecinos había considerado recurrir a alguna autoridad de mediación oficial para intentar resolver sus diferencias, por lo que la atmósfera general en la zona se tornó tensa debido a la división vecinal, ya que algunos apoyaban al demandado. Los habitantes que no estaban directamente implicados en el origen del enfrentamiento también sufrían las repercusiones indirectas de esta prolongada disputa, viendo alterada su tranquilidad. González decidió citar a las partes a una reunión en la sala de resolución de conflictos.

La sesión se celebró en la Oficina de Atención Comunitaria del Servicio de Policía Comunal de San José en presencia de la funcionaria policial que dio la palabra a cada uno de los involucrados, permitiendo que expusieran sus versiones sin interrupciones, para luego convocarlos a adoptar un acuerdo conjunto.

Durante el proceso, el denunciante sostuvo que los ruidos eran constantes, excesivamente altos, de carácter intencional y que, lamentablemente, se producían predominantemente en horarios nocturnos, afectando su descanso. El acusado, por su parte, argumentó que las tensiones no eran unilaterales, sino que habían sido precedidas por diversas provocaciones verbales de parte de quien lo culpaba. Tras cuarenta minutos de diálogo, se logró orientar a ambas partes hacia un compromiso escrito formal.

Compromisos

En este documento establecieron el cese inmediato de los ruidos molestos. La oficial González  les advirtió a los ciudadanos que también debían disminuir las fiestas o reuniones, así como los escándalos con las motos, para evitar tanto la contaminación sónica como la del aire en esa zona urbana. Les exhortó a los vecinos a adoptar un compromiso de mantener un trato respetuoso; por lo tanto, les quedaba prohibido insultarse o gritarse en la calle o en cualquier espacio público o privado.

Aunque no se impusieron sanciones legales directas en esta instancia inicial, se dejó una constancia clara en el expediente, la cual indica que cualquier reincidencia en el incumplimiento de este acuerdo derivaría el caso al órgano judicial competente, con las consiguientes implicaciones legales.

Normativas

La resolución del caso se sustentó en lo previsto en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas sobre ruidos molestos y actos contrarios a la convivencia ciudadana.

La funcionaria instó a los involucrados a respetar los reglamentos que prohíben los gritos, insultos y palabras soeces en los espacios públicos, así como a estudiar los conceptos sobre paz comunal y conciencia ciudadana.

La legislación en detalle

  • Conciencia ciudadana. Según el artículo 11 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, es el conjunto de principios, normas y valores que rigen a los individuos de una comunidad. Seguir estos principios genera sentido de pertenencia, impulsa el progreso y facilita la convivencia pacífica.
  • Ruidos molestos. La normativa municipal los define en su artículo 11 como la emisión de sonido producido por cualquier actividad o proceso que supere los niveles de tolerancia admitidos, que causen molestias a la salud de la población y perturben el ambiente.
  • Contaminación sónica. Según la ordenanza, son actos que producen contaminación sónica, fiestas, prácticas musicales, gritos escandalosos o palabras soeces. También lo es colocar música con altos niveles de volumen en espacios residenciales, locales comerciales con apertura hacia espacios públicos y unidades de transporte público de pasajeros y pasajeras.
  • Sanción. La ordenanza del municipio Libertador indica que la persona infractora será sancionada con una multa equivalente de 50 veces la moneda de mayor valor fijado por el BCV —que actualmente es el euro— o un trabajo comunitario.

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