Ruptura desata lío en un edificio entre padres de exnovios

Ruptura desata lío en un edificio entre padres de exnovios

Después de dos años, un muchacho y una muchacha decidieron terminar su noviazgo, pero la enemistad se acumuló en los padres de ambos hasta que explotó en los pasillos de un edificio residencial de la parroquia San Pedro en el municipio Libertador de Caracas.

El oficial del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, Fernando Fossi, quien también coordina la Oficina de Atención Comunitaria del Servicio de Policía Comunal de la parroquia, contó al equipo de Últimas Noticias que el caso llegó a la sala de resolución de conflictos después de que un hombre solicitara ayuda, cansado de vivir con miedo dentro de su propia residencia.

El señor, progenitor del muchacho que fue novio de la hija de su vecina, dijo que los encuentros con la ciudadana pasaron de los insultos a los golpes en pleno pasillo del edificio. Relató que un día su hijo caminaba con su nueva pareja por los alrededores del edificio cuando la madre de su exnovia lo encaró con una mirada desafiante y le dijo: “¿Qué me ves, becerro?”. Su hijo la ignoró, pero le contó todo a él. Preocupado por esa actitud, tomó la decisión de hablar con ella sobre lo acontecido. Explicó que lo motivó el desaire que pasaron su hijo y su nueva novia.

Cuando se dirigió a conversar con la señora, esta le dio la espalda. Él le tocó el hombro para insistirle y la mujer comenzó a lanzarle golpes tanto a él como a su hijo que lo acompañó. “Era un caso que nos preocupó porque el conflicto podía escalar a algo peor si no interveníamos a tiempo”, explicó el funcionario Fossi. Convocó a las partes involucradas a un proceso de diálogo que les permitiera encontrar una solución por medios pacíficos.

Mediación. En la sala de resolución de conflictos de la Policía Comunal de San Pedro se encontraron las tres partes Fossi. Antes de iniciar la conversación, el oficial puso sobre la mesa los puntos a tratar, acotando que lo primordial era garantizar la no violencia en las zonas comunes del edificio.

El funcionario dejó hablar a los solicitantes sin interrupciones, y luego a la acusada.

Mientras que los afectados reiteraron su preocupación por el acoso constante por parte de la señora, esta última contó su versión de los hechos. Dijo que ella siempre se mantuvo al margen y no quería tener problemas con padre e hijo. Aseguró que el día del altercado el muchacho “me vio feo”, y como ella estaba molesta, lo insultó. Luego llegaron los dos hombres en una moto y, pese a que les dijo que no quería hablar con ellos, el señor le tocó el hombro y esa acción la hizo enfurecer; por eso le “lancé unos golpes”, confesó ante el oficial.

Fossi identificó que el problema era una acumulación de malentendidos y falta de comunicación. “Aquí no hubo un solo agresor, hubo una escalada mutua”, señaló. Durante la audiencia, salieron a la luz los detalles que alimentaban el conflicto, como los insultos recurrentes y la falta de límites en los espacios comunes. La mediación se enfocó en hacer entender a los implicados que la convivencia pacífica dentro y fuera del conjunto residencial no era negociable.

Compromisos. El resultado de este proceso fue, en palabras del oficial Fossi: “altamente satisfactorio”, agregó. Culminó con acuerdos legales fijados en el acta de conciliación firmada por los implicados en el conflicto.

Los compromisos fueron, en primer lugar, el cese inmediato de cualquier agresión verbal, física y psicológica, quedando prohibidos los insultos, los gestos provocadores y los comentarios sobre las relaciones personales de cada uno.

En segundo lugar, mantener distancia preventiva en zonas comunes como pasillos, ascensores y estacionamiento; en caso de cruzarse, deberán saludarse de forma neutral sin detenerse. Como tercer punto, cualquier inconformidad futura deberá ser reportada ante la Oficina de Atención Comunitaria, y no se permitirá el enfrentamiento directo.

La señora pidió disculpas por los golpes y aceptó que su reacción fue desmedida. El señor, por su parte, reconoció que tocar el hombro a una persona alterada pudo interpretarse como una provocación. La Policía Comunal asumió hacer seguimiento al caso durante los próximos meses.

Normativas. Para el oficial Fossi, las metas se alcanzaron gracias al cumplimiento de una serie de normativas que regulan en el ámbito de la convivencia vecinal.

La Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador en Caracas establece en su artículo 11 la definición de convivencia ciudadana como la acción integrada que desarrolla el Estado en corresponsabilidad con la ciudadanía para asegurar y proteger la convivencia, la mitigación de riesgo y la erradicación de la violencia.

El artículo 12 de la ordenanza establece que las faltas por agresiones físicas leves entre vecinos serán susceptibles de mediación policial comunal antes de cualquier sanción pecuniaria.

Tabla de Contenidos

En detalle

  • Lenguaje soez. El artículo 31 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, Civismo y Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador en Caracas prohíbe el uso de lenguaje soez, gestos amenazantes o cualquier forma de hostigamiento en espacios comunes.
  • Mediación. Según el artículo 56 de la normativa municipal, las autoridades competentes, llámese policía comunal, Policía de Caracas, oficina de Convivencia Municipal, aplicarán fórmulas alternativas a la resolución de conflictos como la negociación, el arbitraje, la mediación, la conciliación, suscribiendo para ello las actas conciliatorias correspondientes.
  •  Notificación. El artículo 57 de la Ordenanza refiere que toda persona notificada a comparecer ante las autoridades está obligada a asistir a la misma. En caso de no hacerlo, podrá ser convocada una segunda y hasta una tercera vez; caso contrario, el procedimiento será puesto a orden de la jurisdicción especial de justicia de paz comunal para su resolución.
  • Violencia. Según el artículo 14 de la Ordenanza, todo ciudadano tiene el deber de participar a las autoridades competentes cualquier tipo de situación de violencia que implique maltrato físico, psicológico o verbal.

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